FAQ

PREGUNTAS FRECUENTES

Oportunidad de Residencia Panameña

En Panamá la inversión extranjera está protegida por el Código Civil de Panamá, su Constitución y la Ley de Inversión Extranjera. Las mismas proporcionan garantía de igualdad de derechos y deberes a los extranjeros en cuanto a la posesión de propiedades, inversiones y comercio. Mediante el Decreto Ejecutivo No. 722 de 15 de octubre de 2020, el país ofrece opciones para tramitar la residencia y, finalmente, la nacionalidad, a inversores extranjeros a través de la adquisición de propiedad inmobiliaria.

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Permisos Migratorios

 

¿Hay financiamiento disponible para los extranjeros que invierten en Panamá?

Sí, la financiación está disponible para los extranjeros. Las tasas tienden a ser más altas que en Estados Unidos, actualmente en el rango oscila entre un 6,5% -7%. Hay más de 80 bancos en Panamá y todos están ansiosos por apoyarte en tu negocio. Las hipotecas pueden variar en duración, pero con un máximo de 25 años, el extranjero residente puede recibir un préstamo máximo de hasta el 75% del valor total de la propiedad. Por lo tanto, el proceso puede tomar mucho tiempo (a menudo de dos a tres meses).

¿Cuál es el ROI habitual que un inversionista podría esperar para su propiedad de alquiler en Panamá?

Con un mercado inmobiliario estable dentro de la Ciudad de Panamá, invertir en Panamá es relativamente seguro y confiable. La mayoría de los inversionistas experimentan un retorno promedio de la inversión del 5-7%.  Panamá es capaz de producir estas devoluciones debido a las exenciones de impuestos a la propiedad, los bajos costos de mantenimiento y la fuerte demanda de alquiler en el mercado actualmente.

Impuestos sobre los inmuebles en Panamá. ( A partir de 2019 según DGI). 

Aspectos más relevantes e importantes que se introduce de la Ley 66 de octubre de 2017 se destacan los siguientes:

  1. La introducción de la figura de “Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal”.

Para constituir un inmueble con esta nueva condición, se presentará una declaración jurada ante la Dirección General de Ingresos. El bien puede estar a nombre personal o jurídico.

Los bienes que constituyan Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal, no podrán ser objeto de aumento de valor catastral mediante avalúos por ningún organismo del Estado. Sólo podrá aplicarse avalúo voluntario por solicitud del propietario, previa desafectación del beneficio fiscal de Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal.

  1. Ajuste en las tasas según el rango de valor de la propiedad.

A partir del 1 de enero de 2019, los Impuestos de Inmuebles en Panamá, se pagarán en base a las tarifas de la Ley 66 de octubre de 2017:

PATRIMONIO FAMILIAR TRIBUTARIO O

 

SEGUNDA VIVIENDA, COMERCIALES

         VIVIENDA PRINCIPAL

  

        INDUSTRIALES Y TERRENOS

Valor en US$

Tarifa

 

Valor en US$

Tarifa

0 - 120,000

Exonerado

 

0 - 30,000

Exonerado

100,001 - 700,000

0.50%

 

30,001 - 250,000

0.60%

Excedente de 700,001

0.70%

 

250,001 - 500,000

0.80%

   

Excedente de 500,001

1%

La exoneración será de carácter permanente, cada 5 años el Estado hará una revisión de la base imponible exonerada, con el objeto de elevar el valor catastral de $120.000 exonerado, atendiendo a la capacidad contributiva y los efectos inflacionarios.

Se generarán multas y sanciones de $1.000 a $10.000 si se verifica que se ha fraccionado el valor catastral o se ha simulado Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal.

  1. La exoneración del pago del impuesto de inmueble por la primera compra de una vivienda.

Se exonera por tres años, la primera compra de vivienda declarada como Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal, cuyo valor esté entre $120.000 a $300.000.

Las propiedades que actualmente tienen exoneración por otras leyes, mantendrán este beneficio hasta su vencimiento, aun después de que entre en vigencia la Ley 66 de octubre de 2017.

Las propiedades en régimen de PH con exoneración, seguirán pagando el 1% del valor catastral del terreno. Pueden optar al beneficio de Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal de la Ley 66, para no pagar impuestos de terreno.

Las exoneraciones previstas en la Ley 28 de 2012 de 5, 10 y 20 años a las propiedades nuevas (según su valor catastral), se otorgaran a las construcciones en proceso o que hayan obtenido el permiso de construcción hasta el 31 de diciembre de 2018.

  1. Las entidades bancarias actuarán como agentes de retención.

Para los bienes con hipoteca, que no estén declarados como Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal, los bancos actuaran como agente de retención del impuesto de inmueble.

El impuesto se pagará en 3 cuotas: 30 de abril, 30 de agosto y 31 de diciembre. Los pagos posteriores a estas fechas, tendrán un recargo del 10% y descuento de 10% si se paga el año completo antes del 1 de marzo.    

¿Qué tipo de cuotas de mantenimiento puedo esperar en un edificio de condominios en Panamá?

Las tarifas de mantenimiento varían de un edificio a otro, pero todas tienen un costo promedio entre $1.50 a $3.50 por metro cuadrado. En general, los costos de mantenimiento incluyen agua, gas, seguridad las 24 horas, administración, limpieza de las áreas comunes y seguro en los terrenos comunes.

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